De 10 a 49 trabajadores
Delegados de personal, encargados y dos centros.
Fichar
Gestionar
Cumplir
La ley
El día a día
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Al llegar a cincuenta personas en un centro aparece el comité de empresa, y con la plantilla aparecen el plan de igualdad, el canal de denuncias y el comité de seguridad y salud. El registro de jornada sigue siendo el mismo artículo, pero ahora lo miran más ojos: el comité lo pide y el diagnóstico del plan de igualdad lo cruza con las reducciones de jornada. Lo que importa ya no es fichar, es que el registro aguante.
Con cincuenta o más trabajadores el registro de jornada no cambia de contenido, pero lo normal es que se organice por acuerdo con el comité de empresa y que se use para mucho más que para cumplir. El artículo 34.9 del Estatuto pide lo mismo —inicio y final de cada jornada, conservado cuatro años, a disposición de la persona, de los representantes y de la Inspección—; lo que cambia es quién lo mira.
El comité de empresa existe en los centros de cincuenta o más trabajadores (art. 63.1 ET). A esta escala lo habitual es que el sistema de registro salga de un acuerdo de empresa o del propio convenio, que pueden decidir cosas que la ley deja abiertas: si la pausa del bocadillo se ficha, cómo se registran los desplazamientos, qué margen hay antes de la hora de entrada, cómo se tratan los olvidos y quién puede corregir. Vale la pena negociarlo una vez y dejarlo escrito: cada una de esas preguntas, sin acuerdo, se acaba discutiendo persona a persona.
Varias obligaciones se activan con la plantilla de cincuenta personas y tocan, directa o indirectamente, al registro de jornada:
Con cincuenta personas, un mes tiene más de mil jornadas. Que aguante significa tres cosas. Que cada corrección deje rastro de qué había antes, quién la hizo y por qué, sin forma de borrarlo. Que lo antiguo se pueda cerrar para que nadie lo cambie después de pagar la nómina. Y que la Inspección pueda verlo sin que haya que darle una cuenta del programa. Lo demás —los descansos de doce horas entre jornadas, el día y medio semanal, las pausas de más de seis horas— conviene vigilarlo antes de que lo encuentre otro. Está en qué mira la Inspección.
Por encima de 250 trabajadores, y según la actividad, la prevención de riesgos puede exigir un servicio de prevención propio: desde 500, o desde 250 si la actividad está en el anexo I del RD 39/1997 (art. 14). Para el registro no cambia nada, pero suele cambiar quién lo administra: recursos humanos, con responsables por centro y por departamento, y con la gestoría o el programa de nóminas esperando el fichero de cada mes.
A esta escala lo que se usa es el plan Equipo (1,99 € por empleado activo y mes, facturado al año, sin IVA: cuadrante completo, hasta diez responsables y cinco centros, aprobación de horas extra con reglas) o Pro (2,99 €: centros y responsables sin límite, gastos y dietas, API y webhooks de solo lectura, reglas de convenio). Con cincuenta personas, Equipo son 1.194 € al año sin IVA. El cierre de mes de una empresa de 2.000 personas y 120.000 fichajes se calcula en unos tres segundos; es una cifra medida, no un argumento de venta.
Lo que Ficheo no hace a esta escala también conviene saberlo: no hace nóminas, no exporta en el formato propio de ningún programa de nóminas (sale un CSV limpio que se mapea una vez) y no es un programa de recursos humanos completo. Hace control horario y jornada.
| Desde | Obligación | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| 1 persona | Registro diario de jornada | Art. 34.9 ET |
| 11 personas (6 si lo decide la plantilla) | Delegados de personal | Art. 62.1 ET |
| 50 en el centro | Comité de empresa | Art. 63.1 ET |
| 50 en la empresa | Plan de igualdad | Art. 45.2 LO 3/2007 |
| 50 en la empresa | Canal de denuncias interno | Art. 10.1.a Ley 2/2023 |
| 50 en el centro | Comité de seguridad y salud | Art. 38.2 LPRL |
| Más de 50 | Medidas y protocolo LGTBI | Art. 15 Ley 4/2023 |
| 500 (250 en actividades del anexo I) | Servicio de prevención propio | Art. 14 RD 39/1997 |
Es lo que dicen la norma y su artículo. Tu convenio puede mejorar varios de estos números, y para tu caso concreto pregunta a tu asesoría laboral.
No. El contenido es el mismo del artículo 34.9: inicio y final de cada jornada, conservado cuatro años. Lo que cambia es que suele organizarse por acuerdo con el comité y que lo consulta más gente.
Tiene derecho a que el registro esté a su disposición (art. 34.9). Cómo se le da acceso, y con qué cuidado en protección de datos, conviene dejarlo en el acuerdo del sistema.
Ayuda. El diagnóstico del plan mira jornadas, reducciones y horas extra por sexo, y esos datos salen del registro. Ficheo no hace el plan de igualdad ni la auditoría retributiva.
Sí. Cada responsable o encargado ve y corrige solo a su gente, y cada centro tiene su calendario de festivos. El número de responsables depende del plan: diez en Equipo, sin límite en Pro.
No hay conectores con programas concretos. Sale un CSV del cierre de mes que se mapea una vez, y en el plan Pro hay una API de solo lectura y webhooks para quien quiera programar la integración.
Con un enlace de solo lectura, atado a un periodo, que caduca y se puede retirar, y que deja apuntada cada visita. No hace falta darle una cuenta del panel.
Delegados de personal, encargados y dos centros.
Obligatorio desde 50 personas, y ya está en Ficheo.
Qué mira un inspector y en qué formato se le entrega.
Fichar, el registro de los cuatro años y la carpeta para la Inspección van a 0 €, con dos personas o con doscientas.