Cobertura de turnos
Quién cubre cada hora de la semana.
Fichar
Gestionar
Cumplir
La ley
El día a día
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El problema de las vacaciones no aparece en enero, cuando se planifican, sino en junio, cuando tres personas del mismo turno descubren que han pedido la misma semana de agosto. Organizarlas bien es saber qué dice la ley sobre quién decide las fechas, hacerlo con tiempo y ver, antes de decir que sí a cada una, si ese día se queda alguien.
Las fechas se fijan de común acuerdo entre empresa y trabajador, conforme a la planificación anual que prevea el convenio, y cada persona tiene que conocer las suyas al menos dos meses antes de empezar a disfrutarlas (artículo 38 del Estatuto). Si no hay acuerdo, decide el juzgado de lo social por un procedimiento rápido.
Lo que funciona en la práctica es un calendario de vacaciones por equipo, hecho a principio de año: se abre un plazo para pedir, se revisa la cobertura de cada semana y se contesta antes de una fecha fija. Las empresas que esperan a que cada uno pida cuando quiera acaban decidiendo por orden de llegada, que es la forma más rápida de que alguien se sienta tratado injustamente.
Muchos convenios fijan criterios: turnos rotativos de preferencia, prioridad para quien tiene hijos en edad escolar en verano, periodos de cierre. Si tu convenio los tiene, mandan sobre cualquier norma interna.
Antes de aprobar unas vacaciones, la pregunta es siempre la misma: si esta persona falta esos días, ¿queda alguien en su turno? Para responderla hay que mirar a la vez el cuadrante, las vacaciones ya aprobadas, las bajas y los festivos. Hacerlo de memoria con el calendario de la pared funciona hasta el día que coinciden una baja y un puente.
Si dos personas piden la misma semana y no caben las dos, el criterio debe ser conocido y el mismo para todos: el que diga el convenio, el que se pacte o, si no hay, uno que la empresa explique por escrito y rote cada año.
Las vacaciones se generan aunque la persona no haya trabajado el año entero: a razón de dos días y medio naturales por mes, si son treinta al año. Quien se va a mitad de año cobra los días no disfrutados en su liquidación. Y los días que no se disfrutan dentro del año, salvo baja o lo que diga el convenio, en general se pierden: conviene avisar antes de que pase.
En Ficheo las vacaciones se piden desde el móvil y, antes de aprobarlas, quien decide ve quién más falta esos días en el mismo equipo. La pantalla de cobertura enseña, hora a hora y día a día, cuánta gente cubre cada franja descontando las ausencias aprobadas y los festivos. Un aviso salta si se solapan vacaciones en un mismo equipo, y otro si alguien va a perder días sin disfrutar. El saldo de días de cada persona se descuenta solo, y los que se arrastran al año siguiente se ven aparte. La gestión de vacaciones está en el plan Esencial, desde 0,99 euros por empleado activo y mes facturado al año.
Esto es una explicación de la norma, no asesoramiento jurídico. Revisa siempre lo que diga tu convenio.
| Qué | Regla | Referencia |
|---|---|---|
| Duración mínima | Treinta días naturales al año | art. 38.1 ET |
| Cambiarlas por dinero | No, salvo al terminar el contrato | art. 38.1 ET |
| Quién fija la fecha | Común acuerdo, según el convenio | art. 38.2 ET |
| Con cuánta antelación | Al menos dos meses | art. 38.3 ET |
| Si no hay acuerdo | Decide el juzgado de lo social | art. 38.2 ET |
| Si coinciden con una baja | Se disfrutan en otra fecha | art. 38.3 ET |
| Año incompleto | En proporción al tiempo trabajado | — |
Es lo que dicen la norma y su artículo. Tu convenio puede mejorar varios de estos números, y para tu caso concreto pregunta a tu asesoría laboral.
Se fijan de común acuerdo entre empresa y trabajador, según la planificación anual que prevea el convenio. Si no hay acuerdo, decide el juzgado de lo social (artículo 38.2 del Estatuto).
Al menos dos meses antes de empezar a disfrutarlas (artículo 38.3).
No. Las vacaciones no se pueden sustituir por dinero, salvo los días que queden sin disfrutar al terminar el contrato.
Mirando a la vez el cuadrante, las ausencias aprobadas y los festivos. En Ficheo la pantalla de cobertura lo enseña hora a hora, y antes de aprobar se ve quién más falta esos días en el mismo equipo.
Quién cubre cada hora de la semana.
Treinta naturales o veintidós laborables.
Los días que pasan al año siguiente.
Fichar, el registro de los cuatro años y la carpeta para la Inspección van a 0 €, con dos personas o con doscientas.